Contenido - Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes - Automóvil

AUTOMÓVIL

Para poder brindar una cotización del vehículo, necesitamos contar con los siguientes datos: 

  • Cédula de Identidad o RUT
  • Especie, marca, modelo, año, cilindrada y combustible del vehículo
  • Accesorios: aire acondicionado, dirección hidráulica, airbags, abs, faros, llantas, etc.  
  • Manual o automático
  • Destino del vehículo (particular, trabajo o particular y trabajo).
  • La zona donde circula o permanece el 90% del tiempo 
  • Cobertura en la que se encuentra interesado/a.

En el siguiente link se encuentra el detalle de todas las coberturas disponibles y el detalle de cada una.

Por mayor información y consultas, comunicate con tu Corredor Asesor de confianza.

En Montevideo y Canelones Sur se puede acceder a esta cobertura contratando el adicional vidrios. Aplica exclusivamente para pólizas con Cobertura Total.

En el resto del país se trata de un adicional sin costo que se incluye solamente en CoberturaTotal e Incendio y Hurto.

Se cubrirá un solo evento por vigencia y el mismo no afecta la póliza.

Los capitales máximos a cubrir son: U$S 200 para Cobertura Total y U$S 100 para cobertura de Incendio y Hurto.

  • Libreta de propiedad del vehículo/carta de cero km
  • Cédula de identidad
  • Solicitud de seguro completa
  • Inspección en caso de que el vehículo posea una antigüedad mayor a 20 años y desee contratar cobertura total o incendio + hurto

Las inspecciones se pueden realizar sin costo. 

En Montevideo se coordinan con agenda llamando al 2487 34 87.

En el interior del país se encuentran a disposición los siguientes lugares de inspección vehicular

La inspección posee una validez de 5 días corridos.

Se puede acceder a la documentación ingresando al Portal de Asegurado a través de nuestra página web.

Si ya cuentas con usuario, debes ingresar con tu número de cédula de identidad o RUT y contraseña. De lo contrario selecciona la opción "No estoy registrado" para generar un nuevo usuario.

En caso de un siniestro deberás comunicarte con Porto Servicios al 2487 8616 o *PORTO (76786) desde tu celular.  Una unidad equipada con oficina móvil y personal capacitado se presentará en el lugar para asistirte, tomar la denuncia correspondiente y recabar la información necesaria.

Por mayor información ingresa aquí.

Tenemos a disposición de nuestros Asegurados una serie de Talleres Acreditados. De optar por reparar en alguno de los siguientes talleres, no solo tendrás un servicio ágil y diferencial, sino también los siguientes beneficios:

  • 15% de Descuento en el Deducible en Talleres Acreditados de Montevideo, 25% de Descuento en el Deducible en Talleres Acreditados del Interior o un vale por 10lts. de combustible.
  • Garantía de Reparación: 2 años en Pintura, 1 año en Chapa y 6 meses en Mecánica.
  • Financiación del deducible hasta en 6 cuotas sin recargo con tarjeta de crédito Oca, Visa o Master.
  • 20% de descuento en el alquiler de un Vehículo durante la reparación del suyo en Europcar.

Consultar listado de Talleres Acreditados aquí.

En Porto Seguro ofrecemos una serie de beneficios adicionales a nuestros Asegurados, que son detallados aquí.

Las reclamaciones por SOA deberán ser presentadas únicamente por vía electrónica, con la documentación correspondiente adjunta al siguiente email: reclamossoayrc@portoseguro.com.uy

Preguntas frecuentes - Hogar

HOGAR

  • La zona donde se encuentra ubicada (Departamento, Localidad)
  • Si es de ocupación permanente o temporaria
  • Los materiales y el año de construcción
  • Si es Casa/Apartamento en 1er. piso o Apartamento a partir del 2do piso.
  • Los capitales a asegurar (para este punto recomendamos consultar con un Corredor Asesor de confianza).

Modalidad de contratación "A Primer Riesgo Absoluto": 

Para esta modalidad se debe pactar de antemano los capitales a contratar por cobertura, que pueden ser menores o iguales a los capitales en riesgo. En caso de siniestro los límites máximos de indemnización serán los contratados para cada cobertura, sin considerar ninguna cláusula de prorrateo.

Modalidad de contratación "A Valor Total":

Para esta modalidad se debe considerar el valor de todos los objetos asegurables, ya que en caso de siniestro rige la regla de la proporción, la cual expresa que si el capital asegurado es inferior a los valores expuestos a riesgo, la indemnización de un eventual siniestro guardará respecto de la pérdida la misma proporción que en ese momento exista entre el capital asegurado y los valores en riesgo.

El cálculo se efectúa de la siguiente manera:

I = (CA x P) / VR

Donde:

I = Indemnización (limitada al capital asegurado)

CA = Capital Asegurado

P = Pérdida

VR = Valor real de los bienes expuestos a riesgo

Para el Hogar existen diferentes coberturas que se pueden contratar, algunas forman parte de la cobertura básica y otras son coberturas opcionales. El detalle completo de estas coberturas, se puede consultar ingresando aquí.

Sí, está amparado por la cobertura de Daños Eléctricos, se cubren las máquinas, electrodomésticos, equipamientos, instalaciones eléctricas o electrónicas debido a variaciones anormales en la tensión, cortocircuito, calor generado accidentalmente por la electricidad, descarga eléctrica, electricidad estática o cualquier efecto o fenómeno de naturaleza eléctrica, así como los producidos por la caída de rayo ocurrida dentro o fuera del terreno en el que se encuentra el inmueble asegurado.

Comprende también los daños causados a los conductores y a los materiales de terminación. 

Sí, ya que nuestra cobertura ampara el hurto de bienes y daños al inmueble por hurto o tentativa de hurto.

Cubrimos las pérdidas y daños al contenido existente en el interior del inmueble asegurado y los daños causados al hogar asegurado para preparar o facilitar los delitos señalados.

Sí, está amparado por la cobertura de vientos fuertes, caída de árboles y granizo. Se cubre en los casos que el viento supere los 80km/h.

Sí, cubrimos un evento al año con un límite de 100 USD.

Los Documentos incluidos en la cobertura son:

  • Cédula de identidad
  • Libreta de conducir
  • Libreta de Propiedad

Sí, solo en los casos que sea solicitado a la Compañía.

Sí, brindamos la misma cobertura que a la construcción principal siempre y cuando cumpla con las seguridades exigidas a la construcción principal y con un límite del 10% de lo contratado para la cobertura de Hurto.

Rige exclusivamente cuando se contrate la cobertura opcional de hurto de bienes y daños a la residencia por hurto o tentativa de hurto.

Ampara la responsabilidad civil extracontractual del asegurado, su cónyuge o concubino, sus hijos, e integrantes del servicio doméstico en el ejercicio de su trabajo, frente a reclamos de daños:

  • Causados por el propio inmueble asegurado.
  • Provocados por animales domésticos a cargo del Asegurado dentro del inmueble asegurado, o en el terreno en el que se encuentre el mismo
  • Originados a consecuencia del cumplimiento de operaciones de vigilancia dentro de la residencia asegurada o en su respectivo terreno, siempre que los vigilantes sean empleados del Asegurado, registrados bajo el régimen legal vigente
  • Derivados de la realización de trabajos de mantenimiento y limpieza del inmueble asegurado
  • Causados a bienes pertenecientes a los empleados del Asegurado, siempre que ocurran dentro del inmueble

Este seguro cubre, además, los gastos judiciales y honorarios de los profesionales que intervengan en la defensa de las personas amparadas por esta cobertura, los que serán designados por la Aseguradora.

Sí, los daños al Inmueble generado por hurto o por tentativa de hurto están cubiertos, siempre que los mismos superen el deducible establecido en la póliza.

Todos los Asegurados de Hogar cuentan con el beneficio. Durante la vigencia de la póliza, se tiene derecho a recibir hasta tres (3) asistencias para cada una de las siguientes situaciones de urgencia (no vinculadas a la ocurrencia de siniestros): cerrajería, electricidad, vidriería y sanitaria.

Por más información sobre este beneficio ingresá aquí.

Debes comunicarte al 2487 8616 (*PORTO desde tu celular). Nuestro servicio de Porto Asistencia Hogar brinda atención todos los días del año, las 24 horas.  

La asistencia comprenderá gastos por desplazamiento del operario, los materiales básicos para realizar el trabajo de emergencia y de mano de obra, no incluyendo el suministro de repuestos, que estará a cargo del beneficiario.

Si la avería a solucionar requiere de una reparación de magnitud, es decir, que sea necesaria la rotura de pisos y/o paredes, el operario podrá presupuestar o cotizar la misma, sin que ello signifique compromiso u obligación para el Beneficiario. El propietario del inmueble será el único autorizado a aceptar el presupuesto presentado, debiendo firmar su conformidad con el mismo antes de dar inicio al trabajo, y el costo será de su cargo.

Podrás consultar los pasos a seguir haciendo clic aquí

Te recomendamos contactar a tu Corredor Asesor de confianza para el seguimiento del trámite ante la Compañía.

Te puedes contactar con el Departamento de Siniestros llamando al 2709 3333 opción 1, en el horario de 09:00 a 16:30 horas, o enviando un correo electrónico a siniestros@portoseguro.com.uy

También podrás realizar el seguimiento del siniestro desde el Portal del Asegurado, ingresando con tu usuario y clave, dentro de la pestaña Siniestros / Seguimiento de Siniestros.

Deberás comunicarte con el área de Residencia al 2709 3333 opción 1, en el horario de 9:00 a 16:30 horas, citando tu número de siniestro y explicando tu situación. El ejecutivo que analizó tu expediente te dará una solución de forma inmediata.

Solo en los casos que el capital de hurto sea mayor a 5000 USD.

Para aquellos apartamentos que se encuentran ubicados a partir del segundo piso no se exigirán seguridades físicas específicas.

Consulta el detalle de las seguridades físicas exigidas por la Compañía haciendo clic aquí.

Sí, y sin que sea necesario tener la casa permanente u otro seguro en la Compañía.

Se consideran viviendas temporarias aquellas que permanecen desocupadas por más de 90 (noventa) días consecutivos o 120 (ciento veinte) días alternados en el año.

Por más información, consulta con tu Corredor Asesor de confianza.

El seguro de la vivienda principal puede extenderse a él/los locales secundarios o locales contiguos sin comunicación directa con la construcción principal y que no constituyan una vivienda independiente. A su vez se pueden fijar capitales independientes tanto para Incendio como para Hurto. Para ampliar la información podrás contactar a tu Corredor Asesor de confianza, comunicarte con nuestro Centro de Atención Telefónica al 2709 3333 de 9:00 a 16:30 horas o enviar un correo electrónico a:  comercial@portoseguro.com.uy.

En el caso de que la residencia fuera a quedar deshabitada por un período de entre 30 y 90 días consecutivos, el Asegurado deberá comunicar dicha circunstancia a Porto Seguros y en dicho caso se cobrará un costo adicional.

Sí, se pueden asegurar. Aceptamos todos los sistemas constructivos, incluidos Steel framing, isopaneles, entre otros.

Cuando se trata de madera solicitaremos que tenga tratamiento ignífugo, por lo que se exigirá certificado del fabricante o declaración del Asegurado que confirme dicho tratamiento.

Citamos algunos ejemplos de Tipos constructivos y de materiales:

  • Tipo constructivo: Convencional, Steel framing, Wood Framing, Contenedor.
  • Paredes: Madera, chapa de hierro, isopanel, madera, piedra.
  • Techos: Fibrocemento, chapa de hierro, quinchado, isopanel

Para ampliar la información podrás contactar a tu Corredor Asesor de confianza, comunicarte con nuestro Centro de Atención Telefónica al 2709 3333 de 9:00 a 16:30 horas o enviar un correo electrónico a: comercial@portoseguro.com.uy.

Sí, es necesario comunicarlo, ya que al realizar una reforma en su casa luego de haberla asegurado, y si se viera la seguridad del bien comprometida, las coberturas contratadas quedarán suspendidas.

Comprende el alquiler, los gastos comunes y los impuestos municipales durante el período de reparación, si el inmueble no puede ser ocupado a consecuencia de un siniestro amparado por la póliza. 

Indemniza al Asegurado:

  • El alquiler que dejara de percibir si hubiera dado en arrendamiento el inmueble.
  • El alquiler que debiere pagar al propietario, si es el arrendatario del inmueble.
  • El alquiler de deberá pagar a tercero si es el ocupante de su propio inmueble. 

 Cubre hasta el término de la reparación o reconstrucción, o hasta el 3er. mes contado a partir de la fecha de siniestro, lo que ocurra primero.

En cualquier caso te garantizamos también el transporte de los bienes hacia otro inmueble o local, siempre que sea dentro del mismo departamento.

Podrás reclamarla llamando al 2709 3333 de 9:00 a 16:30 horas o enviando un correo electrónico a comercial@portoseguro.com.uy

Preguntas frecuentes - Empresas

EMPRESA

En el caso de Empresa existen tres modalidades de contratación: a Primer Riesgo Absoluto, A Valor Total y Combinada.

A Primer Riesgo Absoluto:

Para esta modalidad se deben pactar de antemano los capitales a contratar por cobertura, que pueden ser menores o iguales a los capitales en riesgo.

Los capitales de incendio deben ser mayores o iguales al 60% del capital real, evitándose así la aplicación de cualquier cláusula de prorrateo.

Si los capitales fueran inferiores al 60% de los valores del capital real, la liquidación de eventuales siniestros estará sujeta a la aplicación de la regla de proporción sobre el capital que exceda al referido porcentaje.

En tal caso el cálculo se efectuará de la siguiente manera:

I = (CA x P) / 0.60 x VB

Donde:

I = Indemnización (limitada al capital asegurado)

CA = Capital Asegurado

P = Pérdida

VB = Valor de los bienes expuestos a riesgo

Para la liquidación de las Coberturas Opcionales, la indemnización tomará en cuenta el valor de los bienes siniestrados, sin considerar ninguna cláusula de prorrateo.

A Valor Total:

Para esta modalidad se debe considerar el valor de todos los objetos asegurables, ya que en caso de siniestro rige la regla de la proporción. Ésta expresa que si el capital asegurado es inferior a los valores expuestos a riesgo, la indemnización de un eventual siniestro guardará respecto de la pérdida la misma proporción que en ese momento exista entre el capital asegurado y los valores en riesgo.

El cálculo se efectúa de la siguiente manera:

I = (CA x P) / VR

Donde:

I = Indemnización (limitada al capital asegurado)

CA = Capital Asegurado

P = Pérdida

VR = Valor real de los bienes expuestos a riesgo

Esta modalidad es posible contratarla para los capitales asegurados en la Cobertura de Incendio (incendio, explosión, caída de rayo, humo, vientos fuertes, caída de árboles y granizo) y para la Opcional de Hurto de Bienes y Mercaderías; el resto de las Coberturas Opcionales siempre se contratarán a Primer Riesgo Absoluto. 

Combinada: Para adecuarnos a tus necesidades te ofrecemos la opción de contratar la póliza combinando las modalidades anteriores, de la siguiente manera:

Cobertura de Incendio (incendio, explosión, caída de rayo, humo, vientos fuertes, caída de árboles y granizo) a Valor Total.

Cobertura Opcional de Hurto de Bienes y Mercadería, así como el resto de las Coberturas Opcionales,  a Primer Riesgo Absoluto.

Sí, se puede asegurar.

Con gusto te asesoraremos. Comunícate con tu Corredor Asesor de confianza o con nuestro Centro de Atención Telefónica al 2709 3333.

Para cubrirlos existe una cobertura específica para roturas de vidrios exteriores verticales.

La misma es de contratación opcional y los capitales a cubrir son a elección del Asegurado.

Para cubrir el dinero en caja debe contratarse una cobertura opcional que cubre  un capital topeado en 400 USD. Para contratar esta cobertura es necesario contratar también la cobertura opcional de Hurto.

Se puede autorizar la contratación de capitales mayores, pero requiere de autorización previa de la Compañía.

Si. La cobertura de daños por agua puede ser contratada de ser necesario.

Para conocer más detalles sobre la misma podrás contactar a tu Corredor Asesor de confianza, comunicarte con nuestro Centro de Atención Telefónica al 2709 3333 de 9 a 16:30 horas o enviar un correo electrónico a: comercial@portoseguro.com.uy indicando:

  • Riesgo Amparado
  • Condición de Asegurabilidad.
  • Exclusiones específicas.
  • Límite máximo de cobertura

Sí, deberás comunicarlo ya que en caso de realizar una reforma luego de haberla asegurado que comprometa la seguridad del bien, las coberturas contratadas quedarán suspendidas.

Sí, se puede asegurar. La cobertura de Vientos Fuertes está incluida al contratar la Cobertura Básica de Incendio.

El capital es fijado por el Asegurado.

Esta cobertura comprende la cobertura del alquiler, los gastos comunes y los impuestos municipales durante el período de reparación, si el inmueble no puede ser ocupado a consecuencia de un siniestro amparado por la póliza. 

Indemniza al Asegurado:

  • el alquiler que dejara de percibir si hubiera dado en arrendamiento el inmueble
  • el alquiler que debiere pagar al propietario, si es el arrendatario del inmueble
  • el alquiler que deberá pagar a terceros si es el ocupante de su propio inmueble

Cubre hasta el término de la reparación o reconstrucción, o hasta el 6º mes de ocurrido el siniestro.

Esta cobertura rige exclusivamente cuando se contrate la Cobertura Opcional de Hurto de bienes y mercaderías y daños al inmueble por hurto o tentativa de hurto y ampara la Responsabilidad Civil extracontractual del Asegurado, sus socios, apoderados, representantes, directores y dependientes, frente a reclamos de daños:

  • Causados por el inmueble
  • Provenientes de actividades desarrolladas dentro del inmueble, inherentes al ramo de negocios del Asegurado, inclusive eventos organizados por éste, sin cobro de entrada, limitados a los empleados y personas expresamente invitadas
  • Originados a consecuencia del cumplimiento de operaciones de vigilancia dentro del inmueble o en su respectivo terreno, siempre que los vigilantes sean empleados del Asegurado, registrados bajo el régimen legal vigente
  • Derivados de la realización de trabajos de mantenimiento y limpieza del inmueble
  • Provocados por la caída de letreros, paneles de propaganda y anuncios fijados al inmueble, siempre y cuando sean de propiedad del Asegurado

Este seguro cubre, además, los gastos judiciales y honorarios de los profesionales que intervengan en la defensa de las personas amparadas por esta cobertura, los que serán designados por la Aseguradora. 

Sí, los daños al Inmueble por hurto o por tentativa de hurto están cubiertos, siempre  que los mismos superen el deducible establecido en la póliza.

Para el producto Empresa, la Compañía realiza inspección en todos los casos.

Importante: Tanto la toma del riesgo como la cotización realizada previa a la inspección, quedan supeditadas a la misma.

Para saber qué hacer en caso de siniestro pueden ingresar al siguiente link.

Para ingresar un reclamo se debe presentar el Formulario de reclamación de daños completo en nuestra Casa Matriz (Av. Américo Ricaldoni 2750 esq. Brito del Pino) o por e-mail a siniestros@portoseguro.com.uy.

Este documento lo proporcionará el auxiliador de Porto Servicios en el momento de la denuncia del siniestro o también podrás descargarlo aquí.

Se puede contactar con el Departamento de Siniestros llamando al 2709 3333 opción 1, en el horario de 9 a 16:30 horas, o enviando un correo electrónico a siniestros@portoseguro.com.uy

También podrás realizar el seguimiento del siniestro desde el Portal del Asegurado, ingresando con tu usuario y clave, dentro de la pestaña Siniestros / Seguimiento de Siniestros.

Preguntas frecuentes - Garantía de alquiler Propietario

GARANTÍA DE ALQUILER - PROPIETARIO

El aviso de renovación es un documento que la Compañía emite en dos vías. Por un lado le llega al propietario únicamente como comunicado e indica que la garantía se ha renovado por un año más. La segunda vía es para el arrendatario, y refleja el monto a abonar por la renovación de la póliza. La póliza de alquiler no tiene costo alguno para el propietario y es de renovación automática.

Para realizar la reclamación de adeudos haga clic aquí.

La Compañía indemnizará como máximo 60 días de incumplimiento desde la fecha de presentación del reclamo en el caso de incumplimiento del pago del alquiler y un máximo de hasta 120 días para los adicionales.

En caso de que la comunicación de incumplimiento fuera efectuada luego del plazo de 60 días de verificado el incumplimiento del alquiler, las sumas reclamadas quedarán a cargo del Asegurado a título de deducible o participación obligatoria, no siendo abonadas por Porto Seguros. Lo mismo aplica para los adicionales pasados los 120 días.

Enviando vía mail el formulario de declaración de adeudos (descargar) a la casilla de correo: siniestrospa@portoseguro.com.uy

Deberán coordinar entre partes (arrendador y arrendatario) la entrega de llaves de la finca y en el mismo acto deben firmar el Formulario de Rescisión de Contrato (descargar) y enviarlo a alquiler@portoseguro.com.uy o presentarlo en nuestras oficinas para proceder a la cancelación de la póliza. 

Se consideran bienes cubiertos, a efectos de esta cobertura, los bienes fijados a la estructura del inmueble, con naturaleza definitiva, y/o que formen parte integral de sus construcciones.

Una vez ingresada la Rescisión de contrato, el arrendador tiene un plazo de 15 días corridos para la presentación del formulario Declaración de Adeudos Finales (descargar), junto con presupuestos por las reparaciones correspondientes, y /o cotizaciones, así como fotos de los daños. Toda esta documentación debe ser enviada por mail a: siniestrospa@portoseguro.com.uy

Recuerde que es imprescindible para la liquidación de los daños al inmueble contar con Inventario completo y bien detallado, así como sugerimos incluir fotos del estado de la finca al momento de la contratación. Deben ingresar las fotos impresas, adjuntas al Inventario y firmadas por ambas partes. 

Porto Seguro garantiza el trámite de desalojo a su costo, siempre que se verifique la condición de arrendatario mal pagador, y que dicho adeudo corresponda al concepto Alquiler. Para ello, el arrendador tiene la obligación de presentar mensualmente la Declaración de Adeudos.

Una vez iniciado el trámite de desalojo se estará atento a los requerimientos solicitados por el Juzgado para cada caso. En términos generales se solicitan: Comprobante original de Contribución Inmobiliaria al día, Certificado de IRPF expedido en DGI mediante el Formulario 6200. Asimismo, se solicitara la firma del propietario o administrador, para presentar la demanda de desalojo.

Preguntas frecuentes - Garantía de alquiler Inquilino

GARANTÍA DE ALQUILER - INQUILINO

La Rescisión de contrato debe coordinarse entre partes (arrendador y arrendatario). En el momento de entrega de las llaves de la finca, ambas partes deben firmar el Formulario de Rescisión de contrato (descargar) y enviarlo a alquiler@portoseguro.com.uy o presentarlo en nuestras oficinas para proceder a la cancelación de la póliza. 

Si, la póliza de alquiler es de renovación automática. La misma solo se cancela con la Rescisión de contrato firmada por ambas partes. 

Debe comunicarse con nosotros vía mail a la casilla de correo: siniestrospa@portoseguro.com.uy , o telefónicamente al 2709 3333 int. 8002 y le informaremos si Porto Seguro ya abonó al propietario. En dicho caso, le aportaremos el número de cuenta de la Compañía a los efectos de realizar el pago. En caso contrario, es decir que la Compañía no haya abonado aún al propietario, se deberá abonar directo al mismo.

El inquilino deberá comunicarse con nosotros vía mail a la casilla de correo: siniestrospa@portoseguro.com.uy , o telefónicamente al 2709 3333 int. 8002.y solicitar el número de cuenta bancaria de Porto Seguros a los efectos de realizar la devolución correspondiente.